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Objetivos. Pablo de Olavide

Datos del Proyecto:

Referencia proyecto: DER2013-48327-C3-3-R

Título Proyecto: CONSTITUCIÓN FINANCIERA VS CONSTITUCIÓN SOCIAL. REDEFINICIÓN DEL ESTADO AUTONÓMICO Y SOCIAL A LA LUZ DE LA CLÁUSULA DE LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA.

Investigadores Principales:

Investigador Principal 1: Manuel José Terol Becerra (UPO)

Investigador Principal 2: José Antonio Colmenero Guerra (UPO)

Miembros del equipo de investigación:

Antonio Torres del Moral (UNED)

Luis Jimena Quesada (Universidad de Valencia)

Vicente Guzmán Fluja (UPO)

Carlos Vidal Prado (UNED)

María Holgado González (UPO)

Octavio Salazar Benítez (UCO)

Miguel Agudo Zamora (UCO)

Abdelhamid Adnane Rkioua (UPO)

Ciro Milione (UCO)

Manuel Silva Ardanuy (UPO)

Tarik Atmane Tlemsani (UPO)

Annaik Le Gal Fernández (UCO)

Miembros del Equipo de Trabajo:

Petros Stangos (Universidad Tesalónica de Grecia)

Jean François Akandie Kumbe (La Sorbona- Francia)

OBJETIVOS UPO:

1/ Estudio de la normativa de la Unión Europea en la que se establecen límites a la capacidad de endeudamiento de los Estados nacionales en aras de garantizar el crecimiento y la estabilidad presupuestaria.

2/ Análisis de la inserción de las cláusulas de estabilidad presupuestaria en el Derecho europeo comparado y las consecuencias que se han derivado de ellas en los distintos ordenamientos jurídicos nacionales (Alemania, Francia, Italia y Grecia).

3/ Objetivo 3: Determinación del alcance del Estado social a partir de la inclusión de la cláusula de la estabilidad presupuestaria (analizar si la LO 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria) va más allá de las exigencias europeas y constitucionales sobre la materia al introducir limitaciones a las partidas de gasto con independencia de la situación financiera de déficit, equilibrio o superávit de las Administraciones públicas y la consiguiente reducción del Estado social).

4/ Determinación del alcance del Estado autonómico a partir de la inclusión de la cláusula de la estabilidad presupuestaria.

5/ Analizar las medidas legislativas y las partidas presupuestarias en relación con colectivos necesitados de especial protección en razón de su vulnerabilidad (tercera edad, jóvenes, discapacitados, mujeres e inmigrantes).


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